Si compraste vitaminas, minerales o suplementos en una tienda del extranjero y te dijeron que necesitas un «permiso de DIGEMID», lo primero que conviene aclarar es que DIGEMID no emite un solo permiso. Emite varios, para situaciones muy distintas, y confundirlos hace perder semanas.
La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud regula productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en el Perú. Bajo ese paraguas conviven trámites que no tienen nada que ver entre sí:
DIGEMID otorga de manera excepcional la autorización para la importación al país por valija de productos farmacéuticos —medicamentos, productos dietéticos y productos naturales— a personas naturales, para la prevención y el tratamiento individual.
Dos rasgos la definen:
Prácticamente todo lo que la gente compra en tiendas como iHerb, Amazon o eBay y llega en cápsulas, tabletas, softgels o polvo: creatina, magnesio, omega 3, coenzima Q10, colágeno, melatonina, vitamina D, complejos multivitamínicos, aminoácidos, probióticos.
No importa por dónde llegue el paquete. Courier, casillero de Miami o Serpost: el requisito sanitario es el mismo, porque lo que define el trámite es el producto, no la tienda ni el transportista.
Aquí está el punto que sorprende a casi todo el mundo: la receta o la justificación médica debe estar firmada y sellada por un prescriptor del territorio nacional —médico cirujano, cirujano dentista u obstetra, cada uno según su competencia—.
Una receta emitida por un médico del extranjero no sirve para este trámite, aunque sea la del profesional que te indicó el suplemento. Tampoco sirven la indicación del fabricante ni la etiqueta del producto.
¿Necesitas la receta y la Hoja TUPA 118?
Un médico colegiado te atiende por WhatsApp, revisa qué productos vas a traer y emite la receta y el Anexo 2 firmados el mismo día. Consulta y documentos: S/60. El trámite ante DIGEMID lo presentas tú y es gratuito.
No hay un número fijo publicado. DIGEMID establece que los productos prescritos, la dosificación, la frecuencia, la duración del tratamiento y la cantidad total prescrita los define el prescriptor, y que la cantidad prescrita debe corresponder a la duración del tratamiento indicado.
En la práctica esto significa que el médico necesita saber qué productos son y para qué los vas a usar antes de poder consignar una cantidad. Un pedido de diez frascos con un tratamiento razonable de dos meses no se sostiene, y es el tipo de incoherencia que genera observaciones.
La solicitud se presenta por el trámite virtual de DIGEMID, por la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) o de manera presencial en la mesa de partes de DIGEMID, en la Av. Parque de las Leyendas 240, San Miguel.
El trámite es gratuito y demora un día hábil. Si te notifican observaciones, tienes tres días hábiles para subsanarlas. Tenemos el detalle de cómo se llena y se presenta la solicitud en una guía aparte.
Conviene saber que DIGEMID no emite un documento nuevo: sella y firma tu receta o tu justificación médica y le consigna un número de registro, y con eso queda autorizada la importación excepcional.
Quedan fuera los medicamentos prohibidos en el país, que son los indicados en las Listas IA y IB del Anexo N.º 02 del Decreto Supremo 023-2006-SA. Los psicotrópicos y estupefacientes son productos controlados y están sujetos a fiscalización, con un procedimiento distinto.
Por precaución, tampoco corresponde sustentar por esta vía hormonas, anabólicos ni productos cuya composición real no se pueda verificar.
El procedimiento es exactamente el mismo. Puedes tramitarlo antes de que el pedido llegue —que es lo ideal, porque evita el tiempo de almacenaje— o después de que aduana lo retenga. En ambos casos lo que se presenta es la receta o la justificación médica firmada, junto con la declaración jurada y el documento de identidad.
El permiso que necesitas para tus vitaminas no es el registro sanitario. Es la autorización excepcional de importación para uso personal: es gratuita, la presentas tú mismo, demora un día hábil, y lo único que no puedes conseguir por tu cuenta es la firma de un prescriptor colegiado peruano.
Si necesitas esa parte, en Thaniy la resolvemos con una consulta médica virtual y la emisión de la Hoja TUPA 118. En la consulta el médico revisa qué productos vas a traer, cómo se combinan con lo que ya tomas y qué dosis y duración corresponden en tu caso. De ahí salen la receta y el Anexo 2, y de paso sales sabiendo cómo usar bien lo que compraste.
No. El trámite es gratuito y se resuelve en un día hábil. Lo que sí tiene costo es la consulta médica en la que se emiten la receta y la justificación, porque DIGEMID exige la firma de un prescriptor colegiado peruano.
Sí. El expediente es el mismo antes y después de que aduana retenga el envío. La única diferencia es que, una vez retenido, corre el tiempo de almacenaje.
El envío y el trámite van a nombre de la persona que va a usar el producto, y solo esa persona puede retirarlo. Un familiar puede presentar el expediente con una carta poder simple, pero el retiro sigue siendo del destinatario.
No. Es un trámite de persona natural. El RUC solo hace falta si decides presentarlo por la Ventanilla Única de Comercio Exterior en vez del trámite virtual de DIGEMID.
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