Cuatro pasos por WhatsApp. Al final recibes los documentos en PDF, listos para subirlos a DIGEMID Virtual.
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Lo que más nos preguntan quienes importan vitaminas y suplementos para uso personal.
No. El registro sanitario es para empresas que quieren fabricar o comercializar un producto en el Perú. Lo que tramitas tú es la autorización excepcional de importación para prevención y tratamiento individual (TUPA 118), que aplica solo a lo que traes para tu propio uso.
No hay un número fijo. DIGEMID establece que la dosis, la frecuencia, la duración del tratamiento y la cantidad total las define el médico prescriptor, y que la cantidad prescrita debe corresponder a la duración del tratamiento indicado. Por eso el médico necesita saber qué productos son y para qué los vas a usar.
No. La receta o justificación médica debe estar firmada y sellada por un prescriptor colegiado del territorio nacional: médico cirujano, cirujano dentista u obstetra, cada uno según su competencia.
El trámite ante DIGEMID es gratuito y demora un día hábil; si te observan el expediente tienes tres días hábiles para subsanarlo. Lo que cobramos nosotros son S/60 por la consulta médica y la elaboración de los documentos.
Sí. El procedimiento es el mismo. Escríbenos con la foto del pedido o la factura de compra y el mismo día tienes la receta y la Hoja TUPA 118 firmadas para presentarlas.
Aplica a cualquier origen, porque lo que define el requisito no es la tienda sino el producto. Vitaminas, minerales, aminoácidos, colágeno, melatonina, creatina y similares, en cápsulas, tabletas, softgels o polvo, entran como productos dietéticos o naturales y necesitan sustento médico.
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